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¿Qué es un gasto deducible?


Un gasto deducible es aquel que, por estar vinculado a la actividad económica de un obligado tributario, de modo tal que el marco jurídico, garantiza que el mismo puede ser rebajado de su renta bruta.


Durante el ejercicio fiscal, las personas físicas y jurídicas incurren en gastos que están relacionados con su actividad económica. El Ministerio de Hacienda por medio de la Administración Tributaria (AT) permite la deducción de estos gastos en la declaración D101 del impuesto sobre la renta.


Condiciones para que un gasto sea deducible

Nuestra legislación exige las siguientes condiciones para que un gasto pueda ser deducible fiscalmente


A. Que esté sea útil, necesario y pertinente para la generación de renta gravable; en castellano, es decir que esté relacionado con la actividad económica, de acuerdo con lo que señala el artículo 7. El contribuyente ha de demostrar que el gasto que quiere deducirse está estrechamente unido con su actividad, lo que en algunas circunstancias puede tener uno que otro inconveniente. Algunos ejemplos que podemos citar son: a. cuando el obligado desarrolla su trabajo en su propio hogar; b. en las tradicionales fiestas de fin de año para los colaboradores, en las que aparecen el licor, algún obsequió u rifa, comidas y música.

Tome en cuenta que la AT ha rechazado estos gastos, pues son considerados como no necesarios para producir ingresos gravables.


B. Que esté debidamente documentado con comprobantes fehacientes. La condición de su documentación es importantísima, de ahí que el obligado deba siempre pedir una factura para justificar que parte de la erogación de sus gastos es deducible. También hay que tomar nota que, con la introducción de los Comprobantes electrónicos en el país, el Obligado tiene que validar el archivo XML en ocho días hábiles. Y si el gasto, es entre partes relacionadas, debe estar sometido a Precios de Transferencia.


C. Que esté registrado contablemente en el ejercicio correspondiente. La AT podrá rechazar aquellos gastos que no correspondan al periodo tributario que se está declarando, según el inciso b del artículo 9 de la Ley al impuesto sobre la Renta.

El Obligado Tributario debe ser muy estricto con el cumplimiento de estos requisitos con el fin de disminuir el impacto del riesgo fiscal en su declaración de impuestos y en su contabilidad.


Acompañe a su declaración de impuestos D101 con su respectiva conciliación fiscal (NIC 12).


Y, por último, una recomendación final: ¡Asesórese bien, con su contador de confianza!


Edgar Araya

 
 
 

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